Cancelación
Cancelación total de deuda por préstamo (no es posible la cancelación parcial de una deuda por préstamo mediante venta de acciones).
Este es el mecanismo por el cual el socio de la Cooperativa mediante las cuotas sociales, ahorra y constituye un capital.
La constitución de un capital es requisito indispensable para la solicitud de préstamos y, en general, para ser socio de la Cooperativa. La compra de acciones puede establecerse en forma mensual y automática a través del proceso de haberes. También puede realizarse esporádicamente en forma separada del proceso de haberes mediante un depósito en cuenta bancaria.
A tal efecto debe completar un formulario donde determine el monto a suscribir mensualmente, el cual no podrá ser inferior a la suma de $ 4000.-
Rescate de capital con venta de acciones: Mediante esta operación, el socio vende acciones a la Cooperativa y recupera capital. Sólo se puede retirar efectivo cuando el socio no tiene deudas por préstamos o de otra naturaleza.
El socio puede dedicar el resultado de la venta de sus acciones a:
Cancelación total de deuda por préstamo (no es posible la cancelación parcial de una deuda por préstamo mediante venta de acciones).
Al retiro del efectivo correspondiente al socio.
A ambas cosas, es decir, a la cancelación total de deuda y retiro del efectivo sobrante.